La Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte (AEPSAD) es un organismo público a través del cual se realizan las políticas estatales de protección de la salud en el deporte y, entre ellas y de modo especial, de lucha contra el dopaje.
Fuerza impulsora de un deporte sano y limpio, fundamental en una sociedad libre de dopaje y de trampas.
La misión de la AEPSAD es la protección del derecho a la salud de todos los deportistas y del derecho a participar en una competición sin trampas, en condiciones de igualdad.
Para lograr su misión el trabajo de la la AEPSAD tiene cuatro ejes principales: proteger, disuadir, detectar y hacer cumplir.
La Agencia Mundial Antidopaje (AMA) considera como dopaje cualquiera de los siguientes hechos:
Es muy importante hacer hincapié en que, en última instancia, el deportista es el responsable principal de velar por su salud y por el juego limpio. Por tanto, si se encuentra cualquier sustancia prohibida en su organismo o se descubre la utilización de un método prohibido, aunque el deportista haya obrado inconscientemente, se considerará que dicho deportista se ha dopado y será sancionado en consonancia.
Resolución de 11 de diciembre de 2019,
de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte.
Resolución de 21 de diciembre de 2018,
de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte.
Resolución de 22 de diciembre de 2017,
de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte.
Resolución de 30 de diciembre de 2016,
por la que se aprueba la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte.
Resolución de 17 de diciembre de 2015,
por la que se publica la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte
Resolución de 18 de diciembre de 2014,
por la que se publica la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte
Resolución de 20 de diciembre de 2013,
por la que se publica la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte (derogada, a excepción del anexo II, Sustancias y métodos prohibidos en galgos, y el Anexo III, Sustancias y procedimientos prohibidos en competiciones hípicas, que permanecen en vigor, en desarrollo del régimen sancionador previsto en el Real Decreto 255/1996, de 16 de febrero, por el que se establece el Régimen de Infracciones y Sanciones para la Represión del Dopaje, vigente para las concernientes a animales)
Como deportista, puedes estar enfermo o sufrir unas condiciones físicas que requieran de un tratamiento médico para recuperarte. Si los principios activos de la medicación que utilizas aparecen en la Lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte, debes solicitar una Autorización de Uso Terapéutico (AUT).Para ayudarte a conocer si tu medicación requiere una AUT, la AEPSAD pone a tu disposición la aplicación de teléfono móvil y escritorio NoDopApp.
Una AUT es un certificado que emite la Organización Nacional Antidopaje de España, AEPSAD, o la Federación Internacional correspondiente y que te autoriza a utilizar a través de una vía de administración, en unas dosis concretas y durante un periodo de tiempo, un medicamento que contiene sustancias prohibidas en el deporte.
Para obtener más información acerca del antidopaje, puedes visitar los siguientes sitios web:
INTERNACIONAL - 30 MAYO 2023
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